Fondo de Adaptación
El Fondo de Adaptación fue establecido por las partes del Protocolo de Kioto en el
marco de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático, para
financiar proyectos y programas concretos de adaptación a los efectos negativos
del cambio climático en países en desarrollo que son Partes del Protocolo de
Kioto. El Fondo de Adaptación se financia con el 2% de los Certificados de
Reducción de Emisiones (CER), emitidos por proyectos del Mecanismo de
Desarrollo Limpio (MDL) y con fondos de otras fuentes. Para aplicar a la
obtención de recursos del Fondo, el país propone a la Junta del Fondo de
Adaptación una institución nacional para que sea acreditada como Entidad
Nacional Implementadora (ENI), que será el organismo que recibirá los fondos y
administrará el proyecto. Esta modalidad de acceso directo mediante la
acreditación de ENI, permite que tanto los fondos como los proyectos sean
manejados directamente por los países.
Para el caso de México, el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA) ha sido acreditado
por el Fondo para funcionar como una ENI. La Autoridad Nacional Designada
(AND), es un funcionario gubernamental que actúa como punto de contacto con el
Fondo de Adaptación.
La AND da visto bueno a las propuestas de proyectos y programas de adaptación en el país, en nombre
del Gobierno de México, antes de enviarlos al Fondo para su aprobación.
Fuente: Sitio oficial de México ante el cambio climático